2. La enseñanza de la Iglesia sobre
el matrimonio y la complementariedad de los sexos propone una verdad puesta en
evidencia por la recta razón y reconocida como tal por todas las grandes
culturas del mundo. El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas
humanas. Ha sido fundado por el Creador, que lo ha dotado de una naturaleza
propia, propiedades esenciales y finalidades.(3) Ninguna ideología puede
cancelar del espíritu humano la certeza de que el matrimonio en realidad existe
únicamente entre dos personas de sexo opuesto, que por medio de la recíproca
donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus
personas. Así se perfeccionan mutuamente para colaborar con Dios en la
generación y educación de nuevas vidas.
3. La verdad natural sobre el
matrimonio ha sido confirmada por la Revelación contenida en las narraciones
bíblicas de la creación, expresión también de la sabiduría humana originaria,
en la que se deja escuchar la voz de la naturaleza misma. Según el libro del
Génesis, tres son los datos fundamentales del designo del Creador sobre el
matrimonio.
En primer lugar, el hombre, imagen de
Dios, ha sido creado « varón y
hembra » (Gn 1, 27). El hombre y la
mujer son iguales en cuanto personas y complementarios en cuanto varón y
hembra. Por un lado, la sexualidad forma parte de la esfera biológica y, por el
otro, ha sido elevada en la criatura humana a un nuevo nivel, personal, donde
se unen cuerpo y espíritu.
El matrimonio, además, ha sido
instituido por el Creador como una forma de vida en la que se realiza aquella
comunión de personas que implica el ejercicio de la facultad sexual. « Por eso dejará el hombre a su padre y a su
madre y se unirá a su mujer, y se harán una sola carne » (Gn 2, 24).
En fin, Dios ha querido donar a la
unión del hombre y la mujer una participación especial en su obra creadora. Por
eso ha bendecido al hombre y la mujer con las palabras: « Sed fecundos y multiplicaos » (Gn 1, 28). En el designio del Creador
complementariedad de los sexos y fecundidad pertenecen, por lo tanto, a la
naturaleza misma de la institución del matrimonio.
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